Nueva regulación en materia de alquiler

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Tras el intento fallido de cambio de regulación a raíz del Decreto del Gobierno, un nuevo Decreto ha venido en sustituirlo. Así los principales cambios a tener en cuenta son los siguientes:

 

PLAZOS

 

  1. La duración del alquiler se fija en 5 años siempre y cuando el propietario sea una persona física, y en 7 años si el propietario es una empresa.

 

  1. También cambia en el tiempo de prorroga tácita de 1 año a 3 años, esto es que de no expresar cualquiera de los contratantes su deseo de desistir en el contrato el mismo se prorroga.

 

  1. El pre aviso para rescindir el contrato una vez transcurrido los 5 o 7 años se deberá hacer con 4 meses de antelación si es por parte del arrendador, y de tan solo 2 (aunque anteriormente era 1).

 

CUESTIONES ECONÓMICAS

 

  1. El Decreto contiene un limite para la fianza que se puede reclamar al arrendatario fijándola en dos mensualidades, mientras que antes no existía limite ninguno.

 

  1. Durante la vigencia del contrato no se podrá subir el precio de la renta más allá el IPC, a no ser que se realicen obras de mejora y se haya pactado con el inquilino.

 

  1. Si el arrendador es una empresa, deberá asumir el coste de la gestión inmobiliaria y formalización del contrato.

 

  1. Bonificaciones al IBI para viviendas de venta reducida y eliminación del pago en las viviendas públicas en alquiler.

 

OTROS CAMBIOS

  1. Las comunidades de vecinos puedan limitar los pisos vacacionales. Bastará una mayoría de tres quintas partes de los propietarios para cambiar el estatuto de la comunidad para prohibir los pisos turísticos en el edificio.

 

  1. Para recuperar el piso para el uso propio o de un familiar directo se deberá incluir la clausula expresamente en el contrato, mientras que antes no era necesaria la inclusión para aplicarlo.

 

  1. Por último, se incorpora una reforma en el procedimiento de desahucio, ya que los servicios sociales deberán enviar informe al Juzgado en el que conste la situación económica de los inquilinos, si los mismos tienen un factor de riesgo de exclusión social el procedimiento se paralizará por 1 mes para intentar buscar una solución para los desahuciados.

 

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