Ley anti-ocupas. Te damos todas las claves

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La nueva ley anti-ocupas o Ley 5/2.018 modifica en varios puntos la Ley de enjuiciamiento civil, y hace frente a las ocupaciones que, por fortuna en Logroño y en La Rioja no se da en igual medida que en otras comunidades autónomas, y en esencia permite que los plazos para recuperar una vivienda ocupada se reduzcan.

Los cambios operados son los siguientes:

1.- Podrán hacer uso de esta modificación las personas físicas, entidades sin ánimo de lucro o entidades públicas propietarias o poseedoras legítimas de vivienda social, cuyos inmuebles hayan sido ocupados. No tienen porque ser viviendas, incluyendo segundas viviendas.

2.- La notificación de la demanda podrá hacerse genéricamente a quien se encuentre habitando la vivienda. La ley contempla la circunstancia de que los pisos ocupados a menudo cambian de manos durante el propio procedimiento.

3.-Se reduce el tiempo para recuperar la vivienda, ya que se requerirá a los ocupantes para que en el plazo de 5 días desde la notificación de la demanda presenten título que justifique su situación posesoria. De no hacerlo, el juzgado emitirá auto ordenando la inmediata recuperación de la posesión.

4.- Igualmente y si el demandado no contestase a la demanda, la modificación legal permite que la sentencia se ejecute, previa solicitud del demandante, sin necesidad de que transcurra el plazo de veinte días.

5.- La ley contempla que cuando se haya fijado fecha para el lanzamiento de quienes ocupan la vivienda se dará traslado a los servicios sociales, eso sí, siempre que los ocupantes hubiesen otorgado el consentimiento, para que estos puedan prestar la asistencia necesaria a los ocupantes.

6.- Por último, la ley encarga a las comunidades autónomas la elaboración de protocolos y planes que garanticen la creación de registros en los que se incorporen datos sobre el parque de viviendas sociales disponibles para atender a personas o familias en riesgo de exclusión.

Así que, si tiene la mala suerte de que cualquier piso de su propiedad, sea vivienda o no, es ocupado, podrá recuperarlo mucho antes gracias a esta modificación legal. Para lo cual desde Marín Espinosa Abogados le ayudaremos con todos los trámites.

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